Establecimiento
Establecer la Comisión de Actualización y Modernización Electoral, en adelante "La Comisión", como instancia que se instala después de concluido el proceso electoral, y hasta la eventual presentación por parte del Tribunal Supremo Electoral (TSE) de una propuesta de reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos.
Artículo 1. Acuerdo Nº 1922-2023
Propósito
Propiciar un espacio de consulta, deliberación plural y diálogo participativo y sustentado técnicamente, en torno a la calidad y efectividad del marco normativo sobre el régimen político electoral, favoreciendo su evolución, fortalecimiento y modernización.
Artículo 2. Acuerdo Nº 1922-2023
Principios orientadores
- Toda legislación es un cuerpo dinámico y evolutivo.
- Los procesos de reforma electoral son esfuerzos de perfeccionamiento acumulativo.
- Los análisis en torno a la elaboración de una eventual propuesta de reformas a la legislación electoral, debe basarse en sustentación técnica y a partir de las condiciones reales de funcionamiento del régimen político y electoral.
- La participación plural e incluyente de la diversidad de actores guatemaltecos, es condición de legitimidad para cualquier proceso de reforma democrática.
Artículo 3. Acuerdo Nº 1922-2023